Conforme a las circulares No. 18 y 29 de 2017, las Resoluciones 324, 383 Y 461 de 2017, expedidas por la Unidad Nacional De Gestión Del Riesgo, y lo determinado en el CMGRD el día 27 de julio de 2017, me permito manifestar que para efectos de los dispuesto en el parágrafo Único del articulo primero de la Resolución 0383 de 2017 y parágrafo Único del articulo primero de la Resolución 461 de 2017, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos para efectuar los diferentes procedimientos de inclusión:
1) PARA EL EFECTUAR EL ESTUDIO DE SOLICITUDES DE VALIDACIÓN PARA INGRESO AL RUD PARA PROPIETARIOS QUE HABITABAN EN LA VIVIENDA AFECTADA POR LA AVENIDA FLUVIOTORRENCIAL DEL 31 DE MARZO DE 2017:
a. Registro de defunción de familiares fallecidos con ocasión de la avenida torrencial del 31 de marzo de 2017.
b. Epicrisis del presunto damnificado lesionado con ocasión de la avenida torrencial del 31 de maro de 2017.
c. Registro civil de nacimiento del damnificado
d. Ficha Sisben del damnificado
e. Fotocopia de cedula de ciudadanía del damnificado
f. Certificado de libertad y tradición o fotocopia de recibo de servicios públicos a nombre del damnificado.
g. Certificado original de residencia expedido por el presidente de la JAC del barrio donde residía en el momento de la emergencia.
h. Concepto técnico de evaluación de daño que determine que la vivienda no es habitable o debe ser demolida.
Quienes no cuenten con certificado de libertad y tradición de su propiedad deberán anexar los siguientes documentos: Certificado de IGAC, recibo de servicio público, declaración juramentada con dos testigos.
2) DOCUMENTOS O REQUISITOS A PRESENTAR PARA ESTUDIO DE SOLICITUDES DE VALIDACIÓN PARA INGRESO AL RUD PARA ARRENDATARIOS QUE TUVIERON PERDIDAS DE FAMILIARES O LESIONADOS DE SU NUCLEO FAMILIAR Y QUE HABITABAN EN LA VIVIENDA AFECTADA POR LA AVENIDA FLUVIOTORRENCIAL DEL 31 DE MARZO DE 2017.
a. Registro civil de defunción de familiares fallecidos con ocasión de la avenida torrencial del 31 de marzo de 2017.
b. Epicrisis del presunto damnificado lesionado con ocasión de la avenida fluviotorrencial del 31 de maro de 2017.
c. Registro civil de nacimiento del damnificado
d. Ficha Sisben del damnificado
e. Fotocopia de cedula de ciudadanía
f. Certificado original de residencia expedido por el presidente de la JAC del barrio donde residía en el momento de la emergencia.
3) REQUISITOS O DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA ESTUDIOS DE CALIFICACIÓN DEL SUBSIDIO DE ARRENDAMIENTO PARA PROPIETARIOS QUE HABITABAN LA VIVIENDA EN EL MOMENTO DE LA EMERGENCIA Y QUE NO SEAN PROPIETARIOS DE OTROS BIENES INMUEBLES.
a. Código RUD
b. Concepto técnico de evaluación de daño que determine que no es habitable.
c. Fotocopia de cedula de ciudadanía del propietario
d. Certificado de libertad y tradición o fotocopia de recibo de servicios públicos a nombre del damnificado.
e. Certificado original de residencia expedido por el presidente de la JAC del barrio donde residía en el momento de la emergencia.
Quienes no cuenten con certificado de libertad y tradición de su propiedad deberán anexar los siguientes documentos: Certificado de IGAC, recibo de servicio público, declaración Juramentada con dos testigos.
FECHA PARA CIERRE DE VALIDACIÓN POR PARTE DEL CMGRD A SOLICITUDES DE CASOS PARTICULARES EXCEPCIONALES:
Se establece como fecha límite para el cierre de validación de solicitudes de casos particulares excepcionales para inclusión en RUD y subsidio de arrendamiento hasta las 5:00 PM del día 11 de agosto de 2017.
Lo anteriormente expuesto no aplica para las solicitudes de subsidio de arriendo de carácter excepcional presentadas por los núcleos familiares que se encuentran en el albergue "el pepino" ubicado en el municipio de Mocoa, las cuales son solicitudes que reciben directamente los funcionarios de la UNGR en el albergue. En caso de que algunas familias decidan desplazarse a otro municipio, la UNGRD tomara contacto con el Consejo Municipal respectivo para dar trámite a la respectiva solicitud.
Cualquier inquietud al respecto será atendida a través del correo electrónico cmgrd.mocoa@gestiondelriesgo.gov.co o en las líneas telefónicas cel. 3202399571
Resolución 324-2017 Por la cual se da apertura al registro único de damnificados- RUD y al proceso de asignación de subsidios de arriendo en el marco de los decretos de calamidad pública departamental 0068 y Municipal 0056 de abril 01 de 2017 del Departamento del Putumayo y del Municipio de Mocoa. Resolución 461-2017 Por la cual se determina el cierre del proceso de entrega y tramite de subsidios de arrendamiento para dar alojamiento temporal a las personas damnificadas por la emergencia en los decretos de calamidad pública departamental 0068 y Municipal 0056 de abril 01 de 2017 del Departamento del Putumayo y del Municipio de Mocoa. Resolución 383-2017 Por la cual se determina el cierre del proceso de Registro de Damnificados de las personas damnificadas por la ocurrencia de evento de origen natural el 31 de marzo de 2017.